«d·ellos que por la dita razon mas conuenir nos querredes a·la jurisdiccion cohercion compulsa et districto del qual et de·los quales et de qualquiere d·ellos a nuestras personas et todos nuestros bienes et de cadauno de·nos jusmetemos obligamos et renunciamos a dia de acuerdo et los diez dias del fuero para cartas buscar. Et a·todas et cadaunas otras excepciones et dilaciones de·fuero et de dreyto de·la costumbre del regno a·las sobreditas»