«los ditos lugar e otros bienes hauiendo recomendada ella e los dichos fechos suyos e del dito micer Johan por forma que en su justicia no sean grauados. Seyendo propinco en aquesto por part de·la dita Elienor como la justicia e razon dictaran. Auisando vos que no poco vos lo agradeceremos fazet por tanto no·y haya falla si complazer e seruir nos desseays. Dada en el Castillo Nueuo de Napoles a .xxviij. de abril del anyo .m.cccc.lv»