«e por hauer en todo lugar. E renunciamos las ditas partes e cadauna d·ellas en lo sobredito a nuestro jutge local o ordinario et encara fazer se compliment de justicia ante qualesqujere otros jutges eclesiasticos o seglares e sus lugarestenientes e officiales o alguno d·ellos que nos querra conuenir. Feyto fue aquesto el primero dia del mes de octubre anno a natiujtate Domjnj millesimo quadringentesimo trigesimo quarto. Presentes testimonjos fueron a·lo sobredito Domjngo de Segura scudero e Anthon de Pertusa racionero habitantes»