«restitucion d·ella no staua en potestat del dicho Bofillo. E veyendo que con la cort las dichas cosas conduzir no se podian la hauemos prorrogado fasta a .xij. del otro mes de setiembre y ayer conuocamos princeps namque y el lunes primero vinient plaziendo a Djos partiremos por hauer e cobrar la dicha villa e bien castigar los que en ella son. Ca sin nuestra presencia fazer no se poria porque assi lo requjere el dicho ussatge. Y»