«dicho patron de dar vna barca donde sallir puedan y compañeros para que los lieuan y despues bueluan a su nauio. § Deue defender el dicho patron assi en tierra como en·el mar que los peregrinos no sean tratados en mala forma de otros algunos ni en los fechos ni con palabras: y esto faga quanto su poder le abastare. § Passo en esta presente concordia que diesse tiempo el dicho patron para que pudiessen los peregrinos bien visitar»