«los ditos Pedro de Francia et Beatriz Royz por bienes sedientes asi et en·tal manera qu·el dito Pedro de Francia no haya ni hauer pueda en·los precios o suertes principales de·los ditos censales que la dita Beatriz aduze en ayuda del dito matrimonio segunt desuso es dito constant el dito matrimonjo o aquel disoluido o suelto o finido sino solament aquel dreyto que marido puede et deue hauer en·bienes sedientes de su muller saluo que sobre aquellos no pueda hauer ni»