«que en el dicho caso la dita dona Joana Olzina haya e·tenga e·pueda tener tan solamente drecho de viudedat en et sobre los ditos tres mil sueldos de renda que el dito senyor don Pedro trae en ayuda de·su matrimonjo y el dicho senyor su padre le da sobre el lugar de Alcouierre o en·otros tres mil sueldos de renda que las oras se trobaran en·la casa censales del dicho senyor don Pedro o en otras propiedades»