«le era obligado: jnformase que era la causa de su desdicha: si fuera mal grado que por algunas faltas tuujera: o amor d·alguna que lo tuujese ocupado. Si en·la prjmera enmjende sus defetos en·la mejor manera que le ffuera posible: si en·la segunda verna a·saber si es casada donzella o viuda dona d·estado menestralla o de suerte mas baxa. Y como stas cosas no jnnorara no le muestre çelos»