«vegadas quantas las ditas casas se venderan o por precio se alienaran por razon del loysmo. Et con aquesto quiero que vos ditos conjuges o los vuestros en aquesto successores hayades possidades e spleytedes las ditas casas e vaxiellos desuso mencionados por vuestras e como vuestras con todas sus entradas sallidas dreytos pertinencias e mjlloramjentos ad aquellas pertenecientes e pertenecer pudientes e deuientes en e por qualquiere caso titol dreyto manera o razon por dar vender enpenyar canuiar alienar posseyr»