«otros bienes asin mobles como sedientes adqueridos constant en poder de los ditos nobles e encara poder demandar exsegir e cobrar ditos bienes del dito don Johan de Luna quondam qualesquiere dotes por ella firmados con justos titoles et alias. Et asi missmo poder demandar hauer cobrar e recebir algunas otras quantias de dineros o de florines milloramjentos e otras cosas a·ella pertenecientes e pertenecer pudientes e deuientes asin por virtut de firmas dotes e de axouar e qualquiere otra manera»