«nonbrados diputados sobredichos la dicha torre a jnfitheosim trehudo et cens perpetuo con jngreso et regreso tan solament et con et dius las condiciones et maneras sobredichas et por·el dicho trehudo et cenes perpetuo de diez sueldos dineros jaqueses buena moneda corrjble en·el regno de Aragon pagaderos en cadaun añyo en·el termjno et plazo desuso designado a·la dicha ciudat o al regidor quj es o por tiempo sera de aquella con accion de gracias recibo et tomo»