«que contra todas e cadahunas cosas sobreditas e cadauna d·ellas priuilegio alguno nj excepcion alguna no opposaran et que no vsaran nj alguna d·ellas vsara de benefficio de ley alguno nj de fuero et obseruancia del regno que danyen nj preiudiquen o danyar nj preiudicar puedan al present compromis et pronunciaciones arbitraciones e amigables composiciones en virtut del el present compromis daderas fazederas et promulgaderas siquiere por respecto de·la persona del dito señor arbitro arbitrador siquiere por respecto»