«fiziessemos drecho o a·lo menos que fuesse dilatar la causa. E quanto necessario era hauemos confirmada la prouision del dito Johan Perez porque vos dezimos e mandamos que luego sea desempatxada por vosotros la justicia del dito Johan Perez. E no mas sia leuado por dilacion. Car en tal caso nos hi prouehiremos en manera que aquell qui en semblantes cosas fallere haya el castigo por justicia que se meresce. Auisando vos que a·nos consta massa claro»