«de les dar los dichos bollatines antes les guardeys y fagays guardar las dichas sus inmunidades segund de drecho y justicia fazer se deujere. De manera que sobr·ello no se nos hayan mas a quexar con justa causa que nos seria molesto y mandariamos proueer en ello con justicia deuidamente. Dada en la villa de Santa Fe a .xvij. de abril del año mil .cccc.lxxxxij. § Yo el rey. Coloma secretarius. ¶ el rey. § Comissarios. Entendido»