«de Aragon los quales nosotros ditos vendedores de vosotros ditos compradores atorgamos hauer hauido en contantes en·poder nuestro recebido. Renunciantes a·toda et qualquiere excepcion de fraude e de engaño et de no hauer hauido et contantes en·poder nuestro recebido de vosotros ditos compradores los ditos tres mil e cincientos sueldos precio de·la present vendicion. Et a·la ley o dreyto que socorre et ayuda a·los decebidos et enganyados en·las vendiciones feytas vltra la»