«fuesse otro puesto en lugar suyo a todas despensas del mismo patron. § Deue tener armas el dicho señor de·la galera con que se puedan armar .lxxx. de·los nauegantes para defension de los enemigos si los fallaren. § Fue obligado el mismo patron de ir y llegar en los lugares o puertos que suelen arribar las fustas segun el costumbre de los antigos: donde no pueda star por mas tiempo de dos o tres dias si las tempestades»