«nos obligamos de dar vos et que vos daremos otros trecientos trenta tres sueldos quatro dineros iaqueses de cens siquiere trehudo perpetuo sobre tan buenas aliamas et vniuersidades et sobre tan buenos singulares et en et sobre tan buenos bienes specialment obligados et tan valientes como son las ditas aliamas et vniuersidades e los singulares de aquellos de·los anteditos villa et lugar de Pina de Sastago en et sobre tan grandes vniuersidades et los bienes nuestros et de cadauno de·»