«drechos por nos dichos vendedores et cadauno de·nos en·los nombres qui desuso e en nombre et voz de·los dichos concellos aliamas e vniuersidades et singulares de·aquellos et de cadauno d·ellos de·la part de suso specialment obligados e·designados. En·tal manera que si por causa de·los dichos pleytos questiones e·mala voz o en·otra qualquiere manera contescera no seyer pagados e·liurados a·vos dicho Paulo de Gracia e·a·los vuestros en·aquesto»