«que las peccunias del donatiuo fazedero por las cortes de Valencia de al dicho rey de Nauarra cinquo mil florines de moneda reales de Valencia segund es contenido en las cautelas por el dicho senyor rey al dicho rey de Nauarra atorgadas. Empero si diuersos pagamientos se hauian de fazer de·los donatiuos de·las dichas cortes es voluntat del dicho senyor rey qu·el dicho rey de Nauarra haya los quinze mil florines de·las vltimas tandas et pagamentos»