«y en otros vsos algunos quanto quiere vrgentes y necessarios no se puedan conuertir. En lo qual allende que fareys cosa deuida y perteneciente a piedad y conseruareys a·los beneficios y patrimonjo ecclesiastico de toda essa ciudad que en otra manera no puede sino caher y ruyr nos vos lo tendremos en muy senyalado seruicio. Assi como del contrarjo lo que no creemos nos reputariamos muy deseruido. Dada en Cordoua a .xvij. de agosto año de mil»