«§ Capitulo .xlvj. para la dureza o aspereza de·la madre. § Capitulo .xlvij. para las que non pueden aver de su tienpo. § Capitulo .xlviij. para la mugier que ha gran fluxo de sangre de su tienpo. § Capitulo .xljx. para la jnchadura de·las tetas. § Capitulo .l. del afogamjento de·la madre. § Capitulo .lj. para las mugeres que non puedan conzebir. § Capitulo .lij. para las mugeres que han la madriz mucho abierta. § Capitulo .liij. para»