Mot | Accepció | Frase | Situació | |
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dicho -a | 1 |
que al tiempo de·la reddicion y examjnacion de·las cuentas de·la | dicha | vuestra receptoria del dicho drecho ginoues vos poniendo en data hauer vos retenido
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
la reddicion y examjnacion de·las cuentas de·la dicha vuestra receptoria del | dicho | drecho ginoues vos poniendo en data hauer vos retenido las dichas ocho mil
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
receptoria del dicho drecho ginoues vos poniendo en data hauer vos retenido las | dichas | ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho dineros callareses y los dichos
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
dichas ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho dineros callareses y los | dichos | ochocientos sesenta vn ducado y medio de oro en oro o su valor
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
e razones susodichas e restituyendo tan solamente traslado auctentico de·las presentes aquellas | dichas | quantidades vos reciban e admetan en cuenta sin fazer vos notamiento ni cargo
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
de todas las otras peccunias que por nuestra corte haueys recebido en el | dicho | reyno de Cerdenya estas dichas ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
que por nuestra corte haueys recebido en el dicho reyno de Cerdenya estas | dichas | ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho dineros callareses y los dichos
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
dichas ocho mil ochocientas quatro libras dos sueldos ocho dineros callareses y los | dichos | ochocientos sesenta vn ducado y medio de oro en oro o su valor
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
en oro o su valor queremos que sean para en satisfaccion de·los | dichos | danyos e a mayor cauthela e indempnidad vuestra porque no vos pueda ser
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A-Cancillería-3537:094v (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
con las presentes no demandando vos certificacion adueracion ni prueua alguna de·los | dichos | danyos y perdidas ni de como fueron tomados los dichos galeon e otros
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A-Cancillería-3537:095r (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
alguna de·los dichos danyos y perdidas ni de como fueron tomados los | dichos | galeon e otros nauios nj menos de como el dicho galeon valia los
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A-Cancillería-3537:095r (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
fueron tomados los dichos galeon e otros nauios nj menos de como el | dicho | galeon valia los dichos ochocientos sesenta vn ducado y medio porque a nos
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A-Cancillería-3537:095r (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
galeon e otros nauios nj menos de como el dicho galeon valia los | dichos | ochocientos sesenta vn ducado y medio porque a nos con ser y somos
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A-Cancillería-3537:095r (1497) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
en cada un anyo en la forma contenida en el priuilegio por la | dicha | razon despachado al qual nos referimos y son deujdos al dicho conde diez
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A-Cancillería-3537:052v (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
por la dicha razon despachado al qual nos referimos y son deujdos al | dicho | conde diez mil sueldos jaqueses de·la resta de·los quinze mil sueldos
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A-Cancillería-3537:052v (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
logartenencia general d·esse principado dedes y paguedes realmente y de fecho al | dicho | conde o a·su legitimo procurador los dichos diez mil sueldos jaqueses que
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A-Cancillería-3537:053r (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
realmente y de fecho al dicho conde o a·su legitimo procurador los | dichos | diez mil sueldos jaqueses que le restan a cobrar de·los dichos quinze
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A-Cancillería-3537:053r (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
los dichos diez mil sueldos jaqueses que le restan a cobrar de·los | dichos | quinze mil del dicho año de nouenta seys. E en la solucion
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A-Cancillería-3537:053r (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
sueldos jaqueses que le restan a cobrar de·los dichos quinze mil del | dicho | año de nouenta seys. E en la solucion e paga que d
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A-Cancillería-3537:053r (1498) | Ampliar |
dicho -a | 1 |
corte cobrareys d·el apocha oportuna en la qual todo el tenor del | dicho | priuilegio sea jnserto y que en ella haya confession del dicho conde o
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A-Cancillería-3537:053r (1498) | Ampliar |