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| Mot | Accepció | Frase | Situació | |
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E quando son los priuilegios eguales de·las personas. y de·las accion | es | junctamente: egualmente se deue satisfazer sino que se prueue de alguno de aquellos:
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depositos. Segundo al vendedor si estan en pie las mercadurias. ca aquellas deuen | ser | restituidas: como obligadas por el precio señaladamente y si valiessen mas: aquello se
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prouecho de·los creedores. E si no estan en pie las mercadurias: mas | son | ya vendidas: y en lugar de aquellas han mercado otras: las tales no
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mercado otras: las tales no se han de restituir por aquellas. ca no | son | obligadas por el precio. E assigna se esta razon que el precio sacado
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assigna se esta razon que el precio sacado de·la tal cosa: no | era | obligado: y por consiguiente: ni la cosa mercada que se ha de aquel.
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la cosa mercada que se ha de aquel. Esso·mismo si aquella mercaduria | fue | trocada con otra. ca vna specie y cosa no succede en lugar de
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vna specie y cosa no succede en lugar de otra. Tercio quando todo | fuesse | egual: la mujer deue ser antepuesta: y preferida. ca la tal tiene las
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succede en lugar de otra. Tercio quando todo fuesse egual: la mujer deue | ser | antepuesta: y preferida. ca la tal tiene las cosas obligadas y por·ende
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antepuesta: y preferida. ca la tal tiene las cosas obligadas y por·ende | es | de anteponer no solamente a los que tienen obligacion personal mas haun a
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personal mas haun a los que tienen tacitamente obligados los bienes. Empero no | es | preferida a los creedores: que tienen las cosas expressamente obligadas. El fisco tiene
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priuilegio los que so nombre de deposito: prestan a logro. Empero la obligacion | es | primera: porque tiene respecto a la misma cosa. Quinto vienen los simplemente priuilegiados
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que les cabe sin atender a la prioridad de·los contractos. Ca permetido | es | al deudor segun la muchidumbre de·los creedores: peorar el partido de·los
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de·los primeros: que no tienen dominio: ni obligacion, ni priuilegio. E esta | es | la razon porque en los creedores que tienen alualas no se atiende el
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se ha de estar haun en·el juyzio de·la consciencia. si no | es | expressamente contra Dios: lo qual no es de juzgar de ligero. ca ninguno
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juyzio de·la consciencia. si no es expressamente contra Dios: lo qual no | es | de juzgar de ligero. ca ninguno deue ser estimado que se oluide el
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contra Dios: lo qual no es de juzgar de ligero. ca ninguno deue | ser | estimado que se oluide el temor de Dios: y su salud. Si no
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salud. Si no que manifiestamente pareciesse el contrario. Onde en algunas cibdades como | es | Florencia: quando el mercader quiebra los sindicos ordenados por la cibdad quando no
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satisfazen primero a vno que a otro: sino a algunas personas priuilegiadas como | son | las mujeres por sus dotes. a las quales pagan por entero ante que
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de restituir: quando podra fazer lo. Lo qual ha verdad quando la pobreza | es | conoscida. ca el tal no deue ser descomulgado. Ni ser punido de alguna
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qual ha verdad quando la pobreza es conoscida. ca el tal no deue | ser | descomulgado. Ni ser punido de alguna pena. E dize se la pobreza ser
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