| Mot | Accepció | Frase | Situació | |
|---|---|---|---|---|
| dicho1 -a | 1 |
aquessa ciudad es de tanto effecto y monta tanto que con ella la | dicha | ciudad es remediada que por vosotros no debe ser denegada nj por respecto
|
A-Cancillería-3666:018v (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
vuestra parte en contrario se fazen. Ca lo que toca a·la | dicha | libertad para contribuyr sin scrupulo de consciencia y que la contribucion en el
|
A-Cancillería-3666:018v (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
montan las cosas de·las quales la dicha ciudad faze pie para la | dicha | luycion. Y que monta la dicha sisa con la contribucion de vosotros
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
hauer visto apuntado y assentado por pluma que montan los cargos sobre la | dicha | ciudad cargados. Los quales deuen ser luydos y que montan las cosas
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
quales deuen ser luydos y que montan las cosas de·las quales la | dicha | ciudad faze pie para la dicha luycion. Y que monta la dicha
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
legos preseruando la dicha ciudad de manera que no cayga vengays en la | dicha | contribucion. Ca por·lo que toca a·los scrupulos de vuestras consciencias
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
dicha ciudad faze pie para la dicha luycion. Y que monta la | dicha | sisa con la contribucion de vosotros y eximidos los stranjeros ecclesiasticos.
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
y eximidos los stranjeros ecclesiasticos. Y que monta o puede montar la | dicha | sisa sin vuestra contribucion. Y si se falla que con la contribucion
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
se falla que con la contribucion de vosotros lo que procedera de·la | dicha | sisa sera tanto que con las otras cosas que stan dedicadas para luyr
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
sera tanto que con las otras cosas que stan dedicadas para luyr los | dichos | cargos bastaran a·la dicha luycion de manera que con ella se podra
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
otras cosas que stan dedicadas para luyr los dichos cargos bastaran a·la | dicha | luycion de manera que con ella se podra remediar la exoneracion y descargo
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
manera que con ella se podra remediar la exoneracion y descargo de·la | dicha | ciudad vos rogamos y encargamos que por el comun beneficio que d·ello
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
beneficio que d·ello resultara a vosotros y a·los legos preseruando la | dicha | ciudad de manera que no cayga vengays en la dicha contribucion. Ca
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
otras que para descargar la dicha ciudad seran assignadas se conuiertan en la | dicha | luycion y en otros vsos algunos quanto quiere vrgentes y necessarios no se
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
peccunjas que de·la sisa proceyran con las otras que para descargar la | dicha | ciudad seran assignadas se conuiertan en la dicha luycion y en otros vsos
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
antes sea preseruada de toda lesion. Assimismo assentareys toda seguridad como las | dichas | peccunjas que de·la sisa proceyran con las otras que para descargar la
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
daremos tales seguredades y vos faremos dar por la dicha ciudad que la | dicha | libertad sea conseruada. Y en tiempo alguno no pueda ser lesa ni
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
dicha contribucion y vos daremos tales seguredades y vos faremos dar por la | dicha | ciudad que la dicha libertad sea conseruada. Y en tiempo alguno no
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
facultad con la qual sin remorso de consciencia podreys canonicamente consentir en la | dicha | contribucion y vos daremos tales seguredades y vos faremos dar por la dicha
|
A-Cancillería-3666:019r (1490) | Ampliar |
| dicho1 -a | 1 |
tanto muy affectuosamente vos rogamos y encargamos deys permisso y licencia a·los | dichos | vuestros vassallos que puedan liberamente vender a·los aragoneses el trigo que menester
|
A-Cancillería-3686:019r (1497) | Ampliar |